No toda solicitud de documentos exige acudir previamente al derecho de petición. Cuando los documentos se encuentran en poder de la contraparte, en ese caso lo que procede es la exhibición de documentos.
Así lo precisó el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, en auto del 6 de agosto de 2026 del doctor Iván Darío Zuluaga Cardona dentro del proceso con radicado 11001310305020260015201:
«Si bien el numeral 10 del artículo 78 y el 2º del artículo 173 del Código General del Proceso prevén la presentación previa de un derecho de petición para obtener determinados documentos, dicho requisito no opera de manera automática en todos los casos. En efecto, para determinar su exigibilidad es necesario identificar los documentos que se pretenden obtener, la calidad de las partes involucradas y la persona o entidad que los tiene en su poder.»
“Luego, si son documentos que tiene bajo su custodia un particular; en este caso la propiedad horizontal Edificio Artek 93, no resulta atribuible la carga impuesta toda vez que la finalidad de la solicitud de exhibición es precisamente obtenerlos.”
La razón es lógica, no tendría sentido imponer como requisito para pedir la exhibición de un documento que se encuentra bajo custodia de la contraparte que previamente se acuda a un mecanismo cuya finalidad es precisamente obtener documentos que aquella conserva.
Los documentos en poder de la contraparte son una modalidad de exhibición
La precisión del Tribunal encuentra además respaldo en una decisión anterior de la misma Corporación. Allí se explicó que el deber de abstención previsto en los artículos 78 y 173 del Código General del Proceso tiene un límite cuando los documentos se encuentran en poder de alguno de los litigantes. En ese supuesto, señaló la Sala, que:
“Se trata, sin duda, de una modalidad de exhibición.”
Por ello, la regla no puede aplicarse mecánicamente. Una cosa es solicitar al juez que consiga documentos que la parte puede obtener directamente mediante una fuente disponible; otra, sustancialmente diferente, es pedir que la contraparte exhiba documentos que están bajo su custodia.



