Antes de entrar a explicar los criterios de patentabilidad se debe hacer la aclaración que estos hacen referencia a los criterios que una invención debe cumplir para ser patentable, es decir, a las características que debe tener en si una invención para ser susceptible de ser patentada. Ahora bien, no se debe confundir con los criterios que debe cumplir el inventor de una patente para poder obtener el reconocimiento de dicha patente.
La patentabilidad de una invención se determina mediante varios criterios fundamentales. En primer lugar, se requiere que la invención sea nueva, lo que implica que no debe haber sido divulgada públicamente antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente. En otras palabras, no es posible obtener una patente para una invención que ya haya sido revelada al público a través de diversos medios, como publicaciones, presentaciones o ventas.
Otro criterio es la actividad inventiva o nivel inventivo. La invención debe representar un avance significativo en comparación con el conocimiento existente en el campo técnico correspondiente. No es suficiente que sea una simple combinación de elementos o técnicas ya conocidas; debe implicar un paso no obvio y creativo.
Además, la invención debe poseer aplicabilidad industrial, lo que significa que debe ser susceptible de aplicación en una actividad económica. No se otorgan patentes para ideas abstractas, teorías científicas o métodos puramente teóricos, ya que la viabilidad práctica y comercial es esencial.
La capacidad para ser reproducida también es un requisito esencial. La invención debe estar descrita de manera suficientemente clara y completa en la solicitud de patente, de modo que una persona experta en el campo técnico pueda llevar a cabo la invención basándose en la información proporcionada.
Finalmente, la invención no debe estar excluida o prohibida según las leyes de propiedad intelectual vigentes. Algunas jurisdicciones establecen exclusiones específicas, como métodos terapéuticos, métodos de diagnóstico o invenciones contrarias al orden público o la moral. En este sentido, las leyes de propiedad intelectual pueden imponer restricciones particulares en cuanto a los tipos de invenciones que son consideradas patentables.
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