Ley 2213 de 2022: la hora del envío es irrelevante

Ley 2213 de 2022: la hora del envío es irrelevante y no modifica el momento en que empiezan a correr los términos procesales. La inquietud suele surgir cuando la notificación personal del artículo 8 de la ley en comento se remite al finalizar la jornada laboral o incluso en horas de la noche. La respuesta, desde el texto de la ley y la interpretación del Tribunal de Bogotá, es clara: la hora del envío es irrelevante.

Lo verdaderamente importante es que la comunicación haya sido remitida en un día hábil y que se cumplan los presupuestos establecidos por el artículo 8 de la Ley 2213 de 2022.

La Ley 2213 no distingue según la hora de remisión

El artículo 8 de la Ley 2213 de 2022 no incorpora ninguna regla que haga depender los efectos de la notificación electrónica de la hora en que fue enviado el mensaje. En consecuencia, si la comunicación se remite un día hábil, el inicio del cómputo no cambia porque el correo haya salido a las 8:00 a. m., a las 2:00 p. m. o a las 6:35 p. m. La ley únicamente exige contabilizar los dos días hábiles posteriores a la remisión y verificar el acceso efectivo por parte del destinatario.

Interpretar lo contrario implicaría introducir una condición que el legislador nunca previó y que terminaría generando incertidumbre en un mecanismo diseñado precisamente para aportar mayor seguridad y agilidad al proceso judicial.

El Tribunal de Bogotá rechaza que la hora de envío altere el cómputo

Este entendimiento fue reiterado por el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, mediante auto del 16 de junio de 2026, con ponencia de la magistrada Martha Isabel García Serrano, dentro del proceso con radicado 11001310300920220021701. En esa providencia, el Tribunal descartó la tesis según la cual el cómputo debía iniciarse un día después porque la comunicación electrónica había sido recibida un viernes a las 6:35 p. m. La decisión expresó:

«Tampoco resulta atendible la tesis del recurrente según la cual el cómputo debía iniciar el 29 de agosto de 2024, bajo el argumento de que la comunicación electrónica fue recibida el viernes 24 de agosto a las 6:35 p.m. Tal interpretación desconoce el tenor literal del artículo 8° de la Ley 2213 de 2022, disposición que no condiciona los efectos de la remisión a la hora de envío del mensaje, sino al transcurso de los dos (2) días hábiles siguientes a su remisión y a la constatación de su acceso por el destinatario, presupuestos que se encuentran plenamente acreditados en este asunto.»

La providencia reafirma la conclusión de que la discusión no debe centrarse en la hora del envío, sino en verificar que concurran los presupuestos legales que determinan la eficacia de la notificación electrónica.

En definitiva, mientras la remisión se haya realizado conforme a la ley y pueda acreditarse el acceso del destinatario (véase: Cómo hacer la notificación personal por WhatsApp en Colombia), la hora de envío de la notificación Ley 2213 carece de incidencia en el cómputo de los términos procesales. La discusión debe concentrarse en los presupuestos previstos por el legislador y no en exigencias que la norma nunca estableció.

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