INCIDENCIA DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO DE ADHESIÓN CON RESPECTO A LA ESTIPULACIÓN DE CLÁUSULAS ABUSIVAS POR PARTE DEL PREDISPONENTE FRENTE A LOS CONSUMIDORES.

Los contratos de adhesión son comúnmente utilizados por entidades financieras y por empresas que prestan servicios de telecomunicaciones, ya que representan una facilidad a la hora de contratar, además que reducen el consumo de gastos y por lo general buscan aumentar las utilidades. No obstante, estos contratos debido a su naturaleza, en la cual una parte denominada predisponente, en virtud de su posición dominante ofrece un conjunto de clausulas las cuales no podrán ser negociadas por el adherente (la parte en posición de debilidad), pueden dar pie a que aquel predisponente sobrepase sus dificultades y plasme una cláusula abusiva, la cual palabras más, palabras menos, representa un grave desequilibrio para el adherente en el sentido que no hay conmutatividad en los derechos y obligaciones entre el predisponente y el adherente

Cláusulas Abusivas

En el presente trabajo analizaremos lo que corresponde a las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión. Nos enfocaremos específicamente en los contratos de adhesión toda vez que esta clase de contratos son las más usados tanto por entidades financieras como de telefonía móvil para contratar con los usuarios, es decir los consumidores.

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