El Convenio de Roma es un tratado internacional que busca proteger los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas. Fue creada en 1961 y establece disposiciones legales para salvaguardar y velar por los intereses de los artistas y productores en relación con sus interpretaciones y grabaciones.

El Convenio de Roma es un tratado internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Su objetivo principal es garantizar la protección de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas, reconociendo su contribución creativa y económica en las diferentes industrias.

El Convenio se aplica a las interpretaciones y ejecuciones de los artistas en vivo, así como a las grabaciones fijadas en fonogramas. Además, cubre una amplia gama de expresiones artísticas, incluyendo música, teatro, danza y otras formas que se asimilen.

Por otra parte, el convenio de Roma establece una serie de derechos exclusivos para los artistas intérpretes o ejecutantes, como el derecho de reproducción, el derecho de distribución, de comunicación al público y el derecho de alquiler. Estos derechos les otorgan el control sobre la utilización y explotación de sus interpretaciones.

El Convenio también protege los derechos de los productores de fonogramas, otorgándoles el derecho exclusivo de autorizar o prohibir la reproducción y distribución de sus grabaciones. Esto busca proteger la inversión realizada en la producción de fonogramas y promover su comercialización.

Adicionalmente, contempla ciertas limitaciones a los derechos conferidos a los artistas y productores. Estas pueden incluir el uso para fines educativos, la cita y la utilización en noticias o reportajes. Sin embargo, las limitaciones y excepciones pueden variar según la legislación nacional de cada país.

Se complementa con otros tratados internacionales, como el Convenio de Berna y el Acuerdo sobre los ADPIC, que abordan aspectos relacionados con la protección de los derechos de autor y la propiedad intelectual en general, ya que el tema no se encuentra en un solo convenio, tratado u otro.

Por otro lado desempeña un papel fundamental en la protección de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas a nivel internacional. Proporciona un marco legal para garantizar la remuneración justa y el control sobre la utilización de sus interpretaciones y grabaciones. Sin embargo, es importante seguir actualizando y adaptando el Convenio a los avances tecnológicos y los desafíos emergentes en el entorno digital.

Referencias:

  • Convenio de Roma sobre la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes, los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión (1961)
  • Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
  • WIPO Intellectual Property Handbook: Policy, Law and Use (2018)
  • García-Gutiérrez, A. (2013). The Rome Convention for the Protection of Performers, Producers of Phonograms and Broadcasting Organizations. Revista Electrónica de Estudios Internacionales, 25, 1-17.

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