La capacidad legal para ejercer el comercio es un atributo de la persona para adquirir derechos y contraer obligaciones. Su ejercicio esta directamente relacionado con la comprensión que el ser humano tenga sobre la naturaleza jurídica de sus actos, de las consecuencias jurídicas que se pueden derivar de su manifestación de la voluntad.
Es por lo tanto un derecho subjetivo que le confiere el ordenamiento jurídico a las perdonas para que yo pueda actuar en sociedad, es por lo tanto la facultad que tengo para adquirir derechos y ser titular de obligaciones a partir de cuando nacemos.
Ya desde que somos bebes tenemos capacidad de ejercicio, pero lo ejercemos a través de representantes legales, que ejercen esos derechos en nuestro nombre. Pero es a partir de los 18 años que disponemos plenamente de ella.
En este punto lo que el código de comercio en su articulo 101 nos esta diciendo es que cada uno debe tener una condición jurídica para poder formar parte de una sociedad y eso no es otra que la de ser personas, no mas.
Vale decir que esas personas pueden ser naturales o jurídicas, esta ultima es un ente ficticio, moral, es una que nace, que se crea, no de nuestra imaginación sino de la del legislador, es una ficción legal, algo imaginario de la ley, un ente sin existencia corpórea.
Pero a ese ente abstracto la ley le dio los mismos derechos o muy similares a los que nos otorgo a las personas naturales, para poder convivir en el mundo de las relaciones jurídicas.
Se les dio el principal atributo de las personas naturales, la capacidad legal para que interactúen en el mundo jurídico.
La importancia de las sociedades es que a partir de ésta se pueden dar nacimiento a una persona jurídica, el representante legal es el que habla por esa persona, en el caso de la capacidad de las personas jurídicas no es ilimitada, esta está delimitada al objeto social o actividad comercial según el artículo 99 del código de Comercio.
Ejemplo: persona jurídica cuyo objeto social es fabricar zapatos tiene capacidad para todo lo que tiene que ver con fabricar zapatos para nada más
Si se quiere ver si una persona jurídica tiene capacidad para formar parte de una sociedad, como socio tengo que mirar su objeto social, saber si allí se indicó no se dio la posibilidad de que pueda formar parte como socio de una sociedad.
Los menores de edad pueden hacer parte de una sociedad, pero esa voluntad debe ser expresada con autorización del representante legal, si este último no lo autoriza entonces se anula la relación jurídica para con la sociedad, no tiene validez esa relación jurídica y conlleva la anulabilidad de dicha relación, para solicitar la anulabilidad se tienen 2 años a partir de la fecha del negocio o desde aquí que cese la incapacidad.